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¿Sobre quién recae la responsabilidad de los de mantenimientos e instalaciones de PCI?

10/06/2019 | · Señales

El RIPCI trajo consigo para los Instaladores y Mantenedores de PCI la responsabilidad sobre los productos que instala y mantiene. En el momento en el que se levanta y firma un documento técnico de instalación o un acta de mantenimiento, se absorben las responsabilidades sobre los productos.

Obligaciones de las empresas instaladoras

A través del artículo 12 del RIPCI se recogen las obligaciones de las empresas instaladoras, que entre otras, determinan que…

  • Deberán abstenerse de instalar los equipos y sistemas de protección contra incendios que no cumplan las disposiciones vigentes que les son aplicables, poniendo los hechos en conocimiento del comprador o usuario de los mismos, por escrito y de forma fehaciente.
  • Los trabajos no serán reanudados hasta que no sean corregidas las deficiencias advertidas.
  • Una vez concluida la instalación, la empresa instaladora facilitará al titular o usuario de la misma, así como a la dirección facultativa, la documentación técnica e instrucciones de mantenimiento correspondientes a la instalación, necesarias para su buen uso y conservación.

Obligaciones de las empresas mantenedoras

En cuanto a las obligaciones de las empresas mantenedoras, según su artículo 17, estas deberán…

  • Corregir, a petición del titular de la instalación, las deficiencias o averías que se produzcan en los equipos o sistemas, cuyo mantenimiento tiene encomendado.
  • Entregar un informe técnico al titular, en el que se relacionen los equipos o sistemas que no ofrezcan garantía de correcto funcionamiento, que presenten deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento, que no cumplan con las disposiciones vigentes que les sean aplicables.
  • Conservar, al menos durante cinco años, la documentación justificativa de las operaciones de reparación y mantenimiento que realicen.
  • Emitir un certificado del mantenimiento periódico efectuado, en el que conste o se haga referencia a los equipos y sistemas objeto del mantenimiento, anexando copia de las listas de comprobación utilizadas, durante las operaciones y comprobaciones ejecutadas, con las anotaciones realizadas y los resultados obtenidos.

Por todo ello, es completamente necesario y tranquilizador trabajar con productos solventes, que ofrezcan y demuestren su aseguramiento al cumplimiento legal. También es importante que documentalmente puedan justificar y evidenciar su cumplimiento, del mismo modo que será necesario el registrar documentalmente todos los trabajos que se realizan sobre la instalación de PCI.

¿Está su empresa trabajando con este tipo de producto fiable? ¿Se ha llegado a preguntar en caso de siniestro como de cubierto está tanto físicamente como documentalmente con el producto que está instalando?

Implaser declara las responsabilidades que adquiere con sus productos en un ‘Acta de conformidad’

En el acta manifestamos nuestra conformidad respecto al cumplimiento normativo y legal español en materia de Señalización de Seguridad Fotoluminiscente en todos los productos que fabricamos.

En Implaser hemos generado un ‘Acta de conformidad’, que supone un valor diferencial para nuestra empresa con respecto a la responsabilidad que tiene de los productos que fabrica y suministra a sus clientes. En ella, declaramos la conformidad al cumplimiento normativo y legal español en materia de Señalización de Seguridad Fotoluminiscente, quedando patente y por escrito la seguridad que el cliente obtiene en su instalación.

La señalización de seguridad de las series Implaser B, Implaser A, Implasol e Implasol 720 está certificada con la marca N de AENOR, símbolo de seriedad, calidad y seguridad de un producto. Esto evidencia nuestro cumplimiento de los requisitos definidos en normas o especificaciones técnicas. Además, constituye una mejora en la imagen de los productos y genera confianza entre clientes y consumidores.

Los sistemas y procesos de fabricación de Implaser están certificados por AENOR según la norma UNE EN ISO 9000, incluidos los protocolos específicos de control, inspección y calibración de los temas relacionados con la señalización de seguridad fotoluminiscente regulados por el Reglamento de Marca N de AENOR.

El cumplimiento del resto de legislación específica de producto y de la empresa se asegura a través del COMPLIANCE (norma UNE 19601), sistema implantado de aseguramiento legal de la empresa.

Vída útlil de 11+1 años

En el ‘Acta de conformidad’ también declaramos que la vida útil de nuestros productos es de 11+1 años. Desde 2006 controlamos nuestros lotes de fabricación mediante un sistema con el que se miden, guardan y custodian dos contramuestras de todos los lotes producidos.

El proceso de medición del estado de señalización lo realizamos a través de una primera medición antes de su comercialización, una segunda a los 10 años y una tercera a los 11 años de vida del producto para la ampliación del año extra.

A su vez ofrecemos garantía jurídica, ya que ante un procedimiento judicial podemos entregar contramuestras físicas y medición de las mismas para presentarlas como prueba.

En definitiva, a través de este documento de conformidad declaramos las responsabilidades que adquirimos con nuestros productos:

• Selección de las mejores materias primas.
• Verificación de calidad de entrada.
• Control y chequeo de cada eslabón de la cadena.
• Aseguramiento del producto final.
• Documentación de los ciclos y certificación.
• Custodia de mediciones y contramuestras (12 años).
• Información de los resultados y su entrega.

 

 


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